Este martes, Televisa fue notificada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) sobre la la resolución de su revisión bienal que modifica, adiciona y suprime algunas de las medidas de preponderancia existentes en el sector de Radiodifusión.
Entre los cambios se contempla la actualización de requerimientos y elementos específicos que deben considerarse en la Oferta Pública de Infraestructura Pasiva y su Sistema Electrónico de Gestión, incluyendo algunos referentes a la negociación de tarifas,
Se mantiene la prohibición de adquirir Contenidos Audiovisuales Relevantes en exclusiva, salvo que se adquiera el derecho a sub-licenciarlo a otros prestadores de servicio de televisión radiodifundida en México y; la inclusión de requisitos específicos para la prestación de servicios de publicidad, particularmente, para la promoción de servicios de telecomunicaciones.
“Televisa continuará evaluando el alcance de esta resolución y analizará cualquier acción y/o medida que corresponda”, informó la empresa en un comunicado.
Compartición de infraestructura para radiodifusión
En su oferta de infraestructura, Televisa deberá contar con un Sistema Electrónico de Gestión similar al que se aplica al preponderante en telecomunicaciones, América Móvil.
Así mismo tiene que incluir los servicios mayoristas establecidos de manera específica, características y condiciones aplicables, brindar información sobre la localización exacta de las instalaciones de la Infraestructura Pasiva necesarias para la eficiente prestación del Servicio de Televisión Radiodifundida Concesionada y dar las características técnicas de la Infraestructura a detalle.
La empresa deberá ofrecer parámetros e indicadores de calidad de servicio, compartir la normativa técnica necesaria para el Uso Compartido de Infraestructura Pasiva y, en su caso, se aplicarán penas convencionales aplicables y proporcionales al incumplimiento.
La oferta debe contener un modelo de convenio para el Uso Compartido de Infraestructura Pasiva y el regulador agregó a las obligaciones que la propuesta de Oferta Pública de Infraestructura se someterá a consulta pública por un periodo de 30 días naturales.
En caso de que el Agente Económico Preponderante no presente la propuesta de Oferta Pública de Infraestructura o su modificación en el plazo establecido, el Instituto emitirá las reglas conforme a las cuales deberá prestarse el Uso Compartido de Infraestructura pasiva.
Incluyen contenidos transmitidos para plataformas distintas a la TV
Ahora Televisa podrá acceder a contenidos exclusivos siempre y cuando sean ofertados por otra empresa y tenga acceso a ellos.
“En caso de que algún organismo o entidad ofrezca los derechos de transmisión de Contenidos Audiovisuales Relevantes en exclusiva o que dichos derechos estén disponibles para un solo agente en territorio nacional, el Agente Económico Preponderante, directamente o a través de subsidiarias y afiliadas propias o de participación mayoritaria que se encuentren bajo su control o influencia, sí podrá adquirir y mantener dichos derechos para ser transmitidos a través de televisión radiodifundida”, indica la resolución del IFT.
Y los podrá ofrecen en un canal de programación en multiprogramación.
Por otra parte, cuando Televisa ofrezca cualquiera de sus Canales de Programación a filiales, subsidiarias, empresas relacionadas o terceros, en alguna Plataforma Tecnológica distinta a la de televisión radiodifundida, deberá ofrecerlos a cualquier otra persona que se los solicite para esa plataforma en términos y condiciones no discriminatorias.
Además, tendrá que publicar en su sitio de internet y entregar al Instituto la información relativa a los términos y condiciones en las que ofrece sus Canales de Programación, la cual deberá incluir al menos: las tarifas de referencia así como la definición de las variables consideradas; los modelos de los contratos aplicables; los planes de bonificaciones y descuentos; así como cualquier otra práctica comercial relevante.
Claridad en publicidad
En materia de publicidad, Televisa deberá publicar en su sitio de internet y entregar al Instituto la información relativa a los diversos servicios de publicidad que ofrece en TV abierta tales como anuncios comerciales y publicidad dentro de los programas y paquetes.
La cual deberá incluir para cada servicio: las tarifas de referencia de cada uno de ellos, así como la definición de las variables consideradas; los planes de bonificaciones y descuentos; los términos y condiciones de venta; los modelos de los contratos aplicables a cada servicio y cualquier otra práctica comercial.
La empresa deberá publicar en su sitio de internet y entregar al Instituto cualquier modificación a lo señalado en los párrafos anteriores, en un plazo no mayor a 10 días hábiles posteriores a la realización de dicha modificación, detalla el regulador.
“En caso de ofrecer espacios publicitarios en forma empaquetada o agregada, la misma oferta deberá estar también disponible de forma desempaquetada”.