Filiales de Televisa y Megacable no están de acuerdo con el cambio en Lineamientos del Registro Público de Concesiones (RPC) propuesto por el IFT para incluir las sanciones en firme dictadas por Tribunales del Poder Judicial.
El Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) puso a consulta pública la modificación a dichos lineamientos para agregar que entre los actos jurídicos, también se inscribirán en el Registro “as sanciones, que hayan quedado firmes, impuestas por los Tribunales del Poder Judicial de la Federación a concesionarios y autorizados en materia de telecomunicaciones y radiodifusión por motivo del ejercicio de sus títulos de concesión o autorización, cuando así lo soliciten dichas autoridades judiciales”.
Al respecto, Cablevisión, Operbes, Cablemás Telecomunicaciones, México Red de Telecomunicaciones, Televisión Internacional, Cablevisión Red y TV Cable de Oriente, filiales de Televisa, opinaron que el IFT omite que deberá motivar adecuadamente el por qué estima que deberían inscribirse las sanciones impuestas por autoridades del Poder Judicial de la Federación o cualquier otra autoridad jurisdiccional.
“En ese sentido, de la lectura del anteproyecto, no se advierte razonamiento alguno tendiente a justificar esta cuestión, ni siquiera se observa cuál sería el beneficio que con dicho registro se generaría a la sociedad o a los usuarios finales de los servicios de telecomunicaciones y radiodifusión”.
Televisa señala que el instituto indica que la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ha dado vista con las sanciones impuestas y ha solicitado su inscripción en el RPC.
“No obstante, del análisis del marco normativo aplicable a la materia, no es posible advertir la facultad de las Salas del Tribunal Electoral para solicitar a ese Instituto que las sanciones sean inscritas en su RPC, excediendo su ámbito de competencia”, destaca la empresa.
Además, Televisa destaca que la adición propuesta genera incertidumbre jurídica, porque la inscripción de sanciones impuestas por organismos del Poder Judicial de la Federación en el RPC se encuentra sujeta solamente a la solicitud de dichos organismos.
“Esto quiere decir que el registro en cuestión depende de la única voluntad de las autoridades del Poder Judicial de la Federación, sin que se encuentre determinado un criterio objetivo – por ejemplo, cuantía, relevancia o cualquier otro elemento – que sea un indicador de cuáles sanciones deben registrarse”.
Por lo que los organismos del Poder Judicial de la Federación “podrían incurrir en el absurdo de no solicitar registro alguno de sanciones, o bien, que sólo registren aquellas sanciones que discrecionalmente consideren adecuadas conforme a criterios únicamente personales”, explica la empresa.
Por su parte, Megacable señala que los tribunales del Poder Judicial de la Federación no imponen sanciones; sino que, por el contrario, dirimen controversias entre la autoridad responsable y los gobernados; haciendo cumplir la ley.
Megacable coincide con Televisa en que “el instituto no fundamenta ni motiva la razón por la que pretende inscribir las sanciones que imponen a concesionarios y autorizados en materia de telecomunicaciones; dando como consecuencia la ilegalidad de la adición al artículo 4 de los Lineamientos del Registro Público de Concesiones”.
Asimismo, la empresa menciona que el IFT está obligada a clasificar la información confidencial y proteger los datos personales de las personas jurídicas, incluidos informes económicos, comerciales y aquellos inherentes a la identidad.
“El Anteproyecto se da en contravención a dicha disposición normativa, así como al propio principio de legalidad; ya que, si bien es cierto, que las disposiciones legales le otorgan al instituto diversos poderes para su actuar como autoridad en la materia, también es cierto que dichas disposiciones regulan su ejercicio; por lo que, el instituto pretende ir más allá de las facultades que le otorga la ley sin una justificación objetiva y razonable”.