El viernes pasado, el Sistema Público de Radiodifusión (SPR) del Estado Mexicano que encabeza Jenaro Villamil, dio a conocer cambios a su estatuto orgánico.
Entre las modificaciones realizadas al documento publicado en 2015, se contempla que el Registro Nacional de Medios Públicos de Radiodifusión deberá incluir, además del nombre del medio y títulos de concesión, los datos de la defensoría de la audiencia, su código de ética, redes y plataformas digitales que opera, parrillas de programación e información sobre su consejo ciudadano o consultivo y medios contacto.
El estatuto contempla una nueva organización de las áreas del SPR donde se contempla la creación de la Dirección General de Convergencia e Innovación Digital que coordina una dirección de Plataformas Digitales, una dirección de Convergencia y una dirección de Tecnologías de la Información y Comunicaciones.
Una de las modificaciones incluye el periodo en el que el Defensor de la Audiencia está en ese encargo pues en 2015 era de dos años, mismo que a petición del Sistema podría ser prorrogable por dos ocasiones.
Con la modificación, el titular de la Defensoría será nombrada por un periodo de tres años con la posibilidad de ampliación de su encargo por un periodo igual.
Por otra parte, se agregó que la Defensoría podrá actuar de oficio o a petición de parte y se eliminaron los requisitos para que se atiendan las reclamaciones o sugerencias de las audiencias como era que se realizaran por escrito, donde el quejoso proporcionara sus datos y se presentara en un plazo máximo de siete días hábiles posteriores a la emisión del programa objeto de la misma.
También se quitó que se garantizará el derecho de réplica en términos de la ley reglamentaria.
El nuevo estatuto puede consultarse aquí.